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PERFIL DEL INVERSOR: |
El Banco de la Provincia de Buenos Aires le ofrece la posibilidad de invertir en depósitos a plazo fijo, títulos valores y en los distintos Fondos Comunes de Inversión 1822 Raíces, administrados por Provinfondos S.A., y creados en función de las necesidades de nuestros clientes. Para mayor información acérquese a alguna de nuestras sucursales o comuníquese con nuestros operadores a través del Centro de Contacto Telefónico: 0810-22-BAPRO (22776).
Importante:
Nada de la información aquí brindada podrá ser considerado como una recomendación de compra, de permanencia o de venta de ningún titulo valor, ni tampoco como un asesoramiento para invertir en cualquier instrumento financiero, incluyendo los F.C.I. Por todo ello, no asumimos ninguna responsabilidad respecto a la utilización de la información o de las opiniones que forman parte del presente.
Se deja expresa constancia que el cuestionario de autoevaluación ha sido implementado conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 529/08 y modificatorias de la Comisión Nacional de Valores y esta destinado para permitir al cliente conocer su perfil de riesgo o tolerancia al riesgo en la materia que nos ocupa.
Las inversiones en cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión no constituyen depósitos en Banco de la Provincia de Buenos Aires a los fines de la Ley de Entidades Financieras, ni cuentan con ninguna de las garantías que tales depósitos a la vista o a plazo puedan gozar de acuerdo a la legislación y reglamentación aplicables en materia de depósitos en Entidades Financieras. Asimismo, Banco de la Provincia de Buenos Aires se encuentra impedido por normas del Banco Central de la República Argentina de asumir, tácita o expresamente, compromiso alguno en cuanto al mantenimiento, en cualquier momento, del valor del capital invertido, al rendimiento, al valor de rescate de las cuotapartes o al otorgamiento de liquidez a tal fin. Se encuentran vigentes en materia cambiaria y relativo al ingreso y el egreso de capitales a o de la Republica el Decreto N° 616/05 y la Resolución del Ministerio de Economía y Producción 637/2005. Esta normativa establece, entre otras cosas, (bajo ciertos requisitos y salvo excepciones contenidas en la normativa), la necesidad de constituir un depósito no remunerado por un plazo de 365 días y por el 30% de los fondos ingresados a la Republica. Se recomienda a los interesados la revisión de esta normativa previo a efectuar su inversión.